Al tratar con socios comerciales (clientes, proveedores, prestadores de servicios, etc.) y funcionarios del Estado, debe trazarse una línea clara entre el ámbito habitual de una relación comercial y los intereses privados. Las relaciones comerciales con nuestros socios comerciales se definen por una conducta ética. LAPP respeta las normas de la competencia leal y apoya todos los esfuerzos por imponer un mercado libre y una competencia abierta, tanto a escala nacional como internacional. LAPP por lo tanto, no perseguirá ningún contrato que sólo pueda adquirirse violando las leyes pertinentes.
a. Acuerdos, cárteles y renuncias a la competencia
Todos los empleados tienen el deber de respetar las normas de competencia leal definidas por la legislación aplicable. En particular, no está permitido delimitar zonas de venta o repartirse la clientela con un competidor, ni pueden existir acuerdos o intercambios de información con los competidores sobre precios/componentes de precios, relaciones de suministro y condiciones que las rigen, capacidades de producción o planteamientos de licitación. Lo mismo ocurre con el intercambio de información sobre estrategias de mercado y estrategias de inversión. Esta prohibición se aplica no sólo a los acuerdos escritos, sino también a los acuerdos verbales o a la colusión tácita (comportamiento paralelo consciente).
b. Selección de socios comerciales
Los acuerdos con clientes, proveedores y prestadores de servicios deben celebrarse exclusivamente en interés de la empresa. Todos los empleados deben cumplir las normas de control interno de la empresa (por ejemplo, el doble control). Los proveedores deben ser seleccionados únicamente por méritos competitivos, basados en una comparación del precio, la calidad, el rendimiento y la idoneidad de los productos o servicios ofrecidos. Además, también esperamos que nuestros socios comerciales cumplan los principios de esta política.
c. Soborno, corrupción y otros incentivos indebidos
LAPP no tolera ninguna forma de corrupción, soborno u otra concesión ilegal de beneficios. Cualquier intento por parte de proveedores o clientes de ejercer una influencia desleal en las decisiones de los empleados de LAPP debe comunicarse a los directivos responsables. Debe adoptarse un enfoque extremadamente restrictivo con respecto a la aceptación u ofrecimiento de regalos o invitaciones de/para socios comerciales. El valor financiero de estos regalos o beneficios debe evaluarse de tal manera que no sea necesario para el destinatario ocultar su aceptación, y no deben generar en él un sentimiento de deuda. En caso de duda, deberá obtenerse la aprobación del superior correspondiente.
Las invitaciones de socios comerciales a actos de carácter generalmente social (por ejemplo, eventos deportivos o culturales) son admisibles si se ajustan a la práctica empresarial habitual, no tienen un valor irrazonablemente elevado y, además, son proporcionales al nivel de vida normal de las personas implicadas. En caso de duda sobre la idoneidad de los regalos, donaciones o invitaciones, deberá consultarse previamente al superior del empleado o a la división de Cumplimiento.
d. Donaciones y patrocinio
Las empresas de LAPP realizan donaciones monetarias y en especie en los ámbitos de la educación, la ciencia, la cultura y causas sociales. Al hacer donaciones, LAPP procura que la donación sea transparente, es decir, que su uso y destinatarios sean claramente identificables. No se permiten las donaciones a particulares ni los pagos a cuentas privadas.
El objetivo de LAPP al realizar actividades de patrocinio es cumplir con una responsabilidad social y promover la imagen de la empresa y el reconocimiento de su nombre. Los patrocinios son, por tanto, transacciones que implican un intercambio de beneficios. A este respecto, siempre hay que procurar que los beneficios dados y recibidos sean siempre proporcionales entre sí.
Tanto las donaciones como las actividades de patrocinio deben ser aprobadas por el equipo directivo local.
e. Comportamiento en público
Cada empleado de LAPP es un representante de nuestra empresa, cuyo comportamiento repercute directa o indirectamente en LAPP. Por lo tanto, los empleados deben abstenerse de cualquier comportamiento que pueda tener un impacto negativo en nuestra imagen desde la perspectiva de nuestros clientes, otros empleados o el público en general.
Esto también se aplica en particular a las comunicaciones en las redes sociales y en Internet.
Todos los empleados deben prestar la debida atención a la reputación de LAPP en el desempeño de sus funciones.